Todo vehículo autopropulsado, o no, que no esté especificado en la Ley de Tránsito, no puede circular en vía pública.
•Presencia de personas en patines o patinetas, compartiendo la vía con automotores supone un riesgo aumentado.
•Deben utilizarse los espacios especiales en parques y comunidades para practicar actividad física con estos artículos rodantes.
•A agosto, se suman 42 boletas de ¢26.000 por este tipo de falta.
•Se debe cancelar la multa para poder retirar el artículo. Si la persona tiene menos de 15 años, se debe presentar con su responsable, para devolverle el bien
La Ley de Tránsito en Costa Rica prohíbe el uso de patinetas, patines y otros vehículos similares en las carreteras y las aceras. Esto se debe a que su uso en estas áreas representa un riesgo tanto para los conductores como para los peatones. Las multas por circular con estos vehículos en lugares no permitidos pueden ser de ¢26,000.
En lugar de utilizar patinetas, patines u otros vehículos similares en carreteras o aceras, se recomienda a las personas utilizar parques y lugares públicos destinados a la práctica de estos deportes. Además, se aconseja el uso de equipo de protección, como cascos, rodilleras y coderas, para reducir el riesgo de lesiones.
Es importante recordar que las leyes de tránsito y seguridad vial están diseñadas para proteger a todas las personas en la vía pública y garantizar un entorno seguro para la movilidad. El incumplimiento de estas leyes puede dar lugar a multas y, en casos de menores de edad, puede requerir la presencia de un adulto responsable para recuperar el vehículo decomisado.

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