Magistrados concluyen que el criterio basado únicamente en la oferta económica vulnera el pluralismo informativo.
La Sala Constitucional dejó sin efecto el proceso de subasta de frecuencias de radio y televisión promovido por el Gobierno el año pasado, al considerar que el mecanismo de adjudicación no garantizaba principios fundamentales del orden democrático.
En la resolución del expediente 25-031501-0007-CO, los magistrados declararon con lugar, por mayoría, la acción presentada contra los procedimientos de licitación 2025LY-000001-SUTEL (AM), 2025LY-000002-SUTEL (FM) y 2025LY-000003-SUTEL (TV).
El fallo señala que establecer como único parámetro de asignación la oferta económica más alta resulta inconstitucional, pues omite valorar elementos esenciales como el pluralismo de medios y de contenidos, indispensable en un Estado democrático de derecho y en una sociedad que tutela la libertad informativa.
La acción fue planteada por una persona que cuestionó que el diseño de los concursos públicos privilegiaba exclusivamente la capacidad financiera de los oferentes. Según el recurso, esto podría propiciar la concentración del espectro radioeléctrico en grandes operadores, dejando en desventaja a emisoras comunitarias, religiosas, regionales y pequeños medios independientes.
Además, el reclamo advertía eventuales afectaciones a garantías constitucionales como la libertad de expresión, la igualdad, la transparencia en la gestión pública y la continuidad del servicio de radiodifusión.
Con esta decisión, el proceso de licitación queda anulado y deberá replantearse bajo criterios que incorporen salvaguardas para la diversidad y el equilibrio informativo.

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