En muchas ocasiones llegan a nuestra página imágenes de patrullas de Fuerza Publica, del Tránsito , de Policía Municipal , etc, estacionadas en zona amarilla, o utilizando el celular.
Y máxime que en estos días se a está aplicando la nueva reforma a la Ley de Transito, y son muchos los conductores sancionados por mal parqueo.
Muchos alegan que a particulares si los sancionan por todo pero a los oficiales según ellos mal parqueados , quien los sanciona ?, o que simplemente deberían de poner el ejemplo …
Pues según La Ley de Transito, en el articulo 110 , La propia ley exime de esto a los vehiuclos de emergencia porque están trabajando justamente para hacer valer lo que está establecido, y esto aplica para los oficiales de tránsito y otros cuerpos de emergencias, Fuerza Pública, Cruz Roja y Bomberos mientras se está trabajando.
Dicho artículo dice en su penúltimo párrafo : “Se exceptúan los vehículos de emergencia autorizados cuando actúen en razón de sus funciones, siempre que se identifiquen por medio de señales visuales o sonoras”.
Aún en el tiempo de alimentación que tienen los oficiales, esto aplica ya que continúan en servicio y si pasa algo en el que se requiere su presencia ellos deberán de actuar.
Así, pese a la queja y malestar de muchos, estos vehículos se pueden estacionar donde lo consideren necesario para poder cumplir con su labor.
Esperamos haber aclarado cualquier duda.


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