Una simple discusión puede convertirse en delito grave si hay lesiones o uso de objetos para agredir, advierte el Ministerio Público.
El Ministerio Público advirtió que participar en una pelea en la vía pública puede tener consecuencias penales severas, incluso con penas de prisión de hasta seis años, dependiendo de los daños causados a la otra persona.
El fiscal Ángelo Cerdas, coordinador de la Unidad de Trámite Rápido de la Fiscalía Adjunta de San José, explicó en el programa Voces MP que las agresiones se clasifican según la magnitud de las lesiones. Cuando una persona resulta herida, el caso deja de ser una contravención y pasa a considerarse un delito de lesiones.
El Código Penal costarricense establece que las lesiones leves tienen sanciones menores, pero si el golpe provoca una cicatriz permanente en el rostro, la pena puede llegar a seis años de prisión. Si la víctima pierde un órgano, un ojo o sufre una afectación funcional permanente, se considera lesión gravísima, con castigos aún más altos.
Cerdas añadió que cuando se usa un objeto como piedra, palo o botella para atacar, la ley lo tipifica como agresión con arma, aunque el golpe no se concrete. “La intencionalidad también se castiga. Aunque la persona no llegue a golpear, lanzar un objeto con la intención de herir ya constituye delito”, enfatizó el fiscal.
Además, el consumo de alcohol no exime de responsabilidad penal. “Estar ebrio no lo libra de una condena”, reiteró Cerdas, al subrayar que el licor no justifica la agresión.
Finalmente, si durante una pelea muere una persona, el hecho puede configurarse como homicidio preterintencional, con penas de uno a tres años de cárcel. Si se demuestra intención de matar, se trataría de tentativa de homicidio o homicidio consumado, delitos castigados con penas mucho más elevadas.
Consecuencias penales
- Lesión leve: Incapacidad menor a 5 días. Considerada contravención (falta menor).
- Lesión grave: Cuando deja cicatriz o marca permanente, especialmente en el rostro.
- Pena: de 1 a 6 años de prisión.
- Lesión gravísima: Pérdida de un órgano, ojo, extremidad o función vital.
- Pena: superior a 6 años, según valoración judicial.
- Agresión con arma: Uso de objetos como piedra, tubo o botella. No requiere que haya heridos: basta la intención de lesionar.
- Tentativa de homicidio: Golpes dirigidos a zonas vitales con intención de matar.
- Pena: puede superar los 10 años.
- Homicidio preterintencional: Cuando la víctima muere sin que existiera intención directa de matar.
- Pena: de 1 a 3 años de prisión.
- Importante: Estar bajo los efectos del alcohol no exime responsabilidad penal. La ley sanciona tanto el daño causado como la intención de agredir.

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