Autoridades recuerdan que extintor, chaleco reflectante, triángulos y llanta de repuesto son exigidos por ley y su ausencia conlleva multa económica.
Portar extintor vigente, chaleco reflectante, triángulos o conos, así como llanta de repuesto en buen estado y herramientas para cambiarla, es una obligación establecida en la Ley de Tránsito. El incumplimiento de esta normativa acarrea una sanción aproximada de ¢26.000, y solo en 2025 un total de 11.640 conductores fueron multados por no llevar estos implementos.
Según explicó Martín Sánchez Agüero, subdirector de la Policía de Tránsito, estos elementos no solo son exigidos por ley, sino que resultan clave ante emergencias en carretera, especialmente en zonas alejadas del país, donde la asistencia vial puede tardar en llegar. Aunque muchos conductores cuentan con servicios privados de apoyo, la autoridad advierte que no siempre la respuesta es inmediata.

En caso de un conato de incendio, el funcionario señaló que una reacción rápida con un extintor en buen estado puede reducir daños materiales sin poner en riesgo la vida humana, particularmente en situaciones originadas por factores menores, como una colilla de cigarrillo mal apagada.
La normativa también establece que, ante un vehículo detenido o varado, los triángulos o conos deben colocarse a una distancia prudente, no a pocos metros del automóvil, y antes de una curva, si ese es el punto donde quedó detenido, con el fin de advertir con antelación a otros conductores. El chaleco reflectante es obligatorio para cualquier persona que descienda del vehículo en estas circunstancias.
Sobre la llanta de repuesto, Tránsito aclara que, si el vehículo no cuenta de fábrica con espacio para llevarla y dispone en su lugar de un kit de reparación, este es considerado válido y no genera sanción.

Además de los implementos obligatorios, la Policía de Tránsito considera útiles otros artículos como cables para pasar corriente, foco, infladores de llantas portátiles y dispositivos de arranque de batería, siempre que su uso sea compatible con las especificaciones del fabricante del vehículo.
Finalmente, las autoridades recuerdan que desde el 26 de octubre de 2012 ya no es obligatorio portar botiquín, y tampoco se recomienda, debido a la presencia de productos inflamables o medicamentos que pueden deteriorarse con el calor dentro del vehículo.


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