Publicación en La Gaceta generó confusión, pero la iniciativa aún no ha sido aprobada como ley.
𝙋𝙤𝙧 𝘼𝙘𝙘𝙞𝙙𝙚𝙣𝙩𝙚𝙨𝙙𝙚𝙘𝙤𝙨𝙩𝙖𝙧𝙞𝙘𝙖.𝙣𝙚𝙩. El proyecto de ley 24.137, que busca restringir temporalmente que dos personas viajen en motocicleta por razones de seguridad, aún no es una ley de la república. Aunque su texto sustitutivo fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta tras su aprobación en comisión legislativa el 6 de marzo, esta publicación no implica que la medida ya esté en vigencia.
Antes de convertirse en ley, el proyecto debe pasar por el trámite de mociones 137, donde puede ser modificado y reenviado a la Comisión de Seguridad y Narcotráfico. Solo después de este proceso podrá ser sometido a votación en dos debates parlamentarios y, en caso de ser aprobado, enviado al Poder Ejecutivo para su firma o veto.
La propuesta plantea la creación del artículo 117 bis en la Ley de Tránsito (Ley 9078), otorgando al MOPT la facultad de prohibir el transporte de acompañantes en motocicletas en zonas y horarios específicos, siempre que la medida sea solicitada por el Consejo de Seguridad Nacional y cuerpos policiales.
Si se implementa, la restricción podría durar hasta un año, con posibilidad de prórroga, y excluiría a policías en funciones, personas con discapacidad, menores de edad mayores de cinco años y trabajadores con constancia laboral. También quedarían exentas las motocicletas de más de 500 cc y aquellas eléctricas o híbridas con potencia superior a 35 kW.
Mientras la prohibición esté vigente, el Ministerio de Seguridad deberá evaluar su efectividad. En caso de aplicarse, el incumplimiento conllevaría una multa de categoría E, equivalente a 26.062,87 colones en 2025.

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