Los únicos que deben portarla son el personal de salud público y privado y los pacientes que deban ingresar a un centro médico.
??? ?????????????????????.???. Esta mañana se publico en el Diario Oficial La Gaceta, el Decreto que elimina el uso obligatorio de la mascarilla.
Por lo tanto a partir de hoy no es exigido el uso en lugares abiertos y cerrados.
Aun asi queda a criterio de cada persona si sigue usando o no la mascarilla.
ARTÍCULO 3º . – Uso obligatorio de mascarilla. Con fundamento en el artículo 147 de la Ley General de
Salud, Ley número 5395 del 30 de octubre de 1973, se dispone del uso obligatorio de mascarilla por ser
equipo de protección personal, para todos los funcionarios de salud de primera línea de atención del
sector público y privado del país, así mismo el uso de mascarilla como uso obligatorio a las personas
cuando requieran acceder a los establecimientos de salud del país. Todas las personas que no sean personal de primera línea de atención o que no requieran acceder a los establecimientos de salud, están exentos de esta obligación.


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