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Posibilidad de impugnar multas por correo electrónico sin firma digital. – SomosACRnet

COSEVI implementa medida para evitar aglomeraciones y facilitar el proceso

Desde abril de 2020, las personas pueden impugnar multas de tránsito por correo electrónico sin necesidad de una firma digital, gracias a las medidas preventivas implementadas durante la pandemia de Covid-19. Esta opción busca reducir las aglomeraciones y facilitar el derecho de apelar a una multa considerada injusta.

Carlos Rivas Fernández, director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), explicó que el plazo para impugnar una multa es de 10 días hábiles a partir del día siguiente en que se recibe la sanción. Los días hábiles son de lunes a viernes, excluyendo fines de semana y festivos. Por ejemplo, si una persona es multada el 18 de julio, podría impugnar hasta el lunes 5 de agosto, sin contar los fines de semana y los festivos del 25 de julio y 2 de agosto.

Además del correo electrónico, las personas pueden impugnar multas a través de fax o en persona en una sede de COSEVI.

Quienes deseen pagar la multa pueden obtener un descuento del 15% si lo hacen dentro de los 10 días hábiles posteriores a la recepción de la sanción, excepto para multas de Tipo A.

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