Recurso señala bloqueo y amenazas tras publicaciones en redes sociales
El comunicador y presidente de una fundación de medios regionales, Alexander Brenes Acuña, presentó un recurso ante la Sala Constitucional bajo el expediente 26-016458-0007-CO contra la diputada Mayuli Ortega Guzmán, al considerar que se violentaron derechos relacionados con la libertad de expresión y el control ciudadano.
Según se detalla en la gestión, los hechos surgieron luego de que Brenes realizara publicaciones desde su perfil personal en la página oficial de la legisladora, donde adjuntó reportajes elaborados por medios internacionales. Dichas informaciones hacen referencia a señalamientos sobre un supuesto intento de Ortega por competir en 2017 por una alcaldía en Veracruz, México, presuntamente utilizando documentación irregular relacionada con su nacionalidad.
De acuerdo con el recurso, tras dichas publicaciones la diputada habría enviado mensajes privados notificando el ocultamiento de los comentarios y el bloqueo de la cuenta del comunicador. Además, se le advirtió sobre la recopilación de supuestas pruebas para eventuales acciones legales.

“Por este medio le comunico que hemos tomado capturas de pantalla a sus comentarios como prueba para una futura acción legal… también hemos ocultado sus comentarios… nos obliga a bloquear sus comentarios”, señala parte del mensaje atribuido a la legisladora.
Brenes sustenta su reclamo en jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), indicando que los funcionarios públicos tienen un margen menor de protección frente a cuestionamientos relacionados con asuntos de interés público y sobre su trayectoria.
“Un ciudadano tiene todo el derecho de confrontar a un servidor público con información que ya ha sido publicada por la prensa internacional. Que la respuesta de una diputada sea la amenaza legal y la censura en sus canales de comunicación es un acto inconstitucional”, afirmó Brenes Acuña.
El comunicador indicó además que la acción busca sentar un precedente en defensa del ejercicio periodístico y de comunicación frente al poder político. Añadió que la Sala Constitucional ya ha emitido resoluciones anteriores donde establece que bloquear ciudadanos en redes sociales utilizadas para gestión pública puede resultar contrario a la Constitución.
Ahora corresponderá al Tribunal Constitucional determinar si la actuación denunciada representa una restricción ilegítima a la libertad de expresión y un eventual abuso de autoridad.


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