La nueva legislación incluye delitos como “gota a gota” y narcoactividad, extendiendo los plazos de intervención hasta cuatro meses
Este miércoles, el presidente Rodrigo Chaves Robles firmó la Ley que permite la ampliación de la cantidad de delitos en los cuales un juez de la República autoriza la intervención de las comunicaciones. La Ley, destacada por el ministro de Seguridad Pública, Mario Zamora Cordero, permite modernizar las intervenciones telefónicas y ampliar tanto los delitos que las justifican como el plazo para realizarlas.
Con esta nueva legislación, se podrán intervenir comunicaciones en ámbitos orales, escritos o tecnológicos, incluyendo telecomunicaciones fijas, inalámbricas o digitales. Entre los delitos ahora incluidos están el secuestro extorsivo, la corrupción agravada, proxenetismo agravado, fabricación o producción de pornografía, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas, tráfico de órganos, homicidio calificado, homicidio simple, femicidio, genocidio, delitos sexuales, terrorismo y los vinculados con el narcotráfico. También se contempla la extorsión cobratoria o préstamos “gota a gota” y las intervenciones en casos de personas desaparecidas.
La Ley extiende los plazos de las intervenciones hasta por cuatro meses, lo que permite a la Policía contar con mayores elementos probatorios en investigaciones complejas. Según el ministro Zamora, esta ampliación permitirá a las autoridades policiales tener más tiempo para obtener mejores pruebas contra las bandas de delincuencia organizada.
La nueva Ley entrará en vigor a partir de su publicación en los medios oficiales y una vez que se cumplan los plazos establecidos.

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