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Microbuses con placa particular y que no superen los 4.000 kg de peso, pueden conducirse con licencia B-1 #SomosACRnet

Si una persona adquiere un microbús para uso personal, es decir, que posea placa particular y que no supere las 4 toneladas de peso, puede conducirlo con una licencia tipo B1.

La aclaración se realiza desde la Dirección General de Educación Vial debido a que muchas personas tienen la idea errónea de que, para conducir un microbús se requiere contar con licencia C2.

Las licencias tipo C autorizan conducir vehículos de transporte público de personas que cumplan además con los requisitos solicitados por el Consejo de Transporte Público (CTP), es decir si una persona requiere la licencia para brindar un servicio de este tipo, como es el transporte de estudiantes o servicios especiales, sí es obligatorio que cuente con licencia C2, pero si el vehículo es personal (placa particular y con peso menor a 4 toneladas), pude conducirlo utilizando la licencia tipo B1.  

En el caso de las licencias tipo C1, son las que autorizan a una persona para conducir taxi también en la modalidad transporte público de personas, este tipo de vehículo no puede conducirse con ningún otro tipo de licencia distinta a la C1.


Otra aclaración importante es que la Ley de Tránsito permite a los conductores con licencias tipo C (sea C1 o C2), prescindir de la licencia tipo B1 para manejar los vehículos amparados por esta categoría de documento, facultándolos para conducir con su licencia tipo C, cualquier automóvil, pickup, SUV o camión pequeño de hasta 4 toneladas de peso, por ejemplo, un taxista o un conductor de buseta escolar puede conducir su automóvil particular haciendo uso de su licencia C1 o C2, no es necesario que mantenga la licencia B1.


Para obtener una licencia C1 la persona interesada debe contar con una licencia clase B o C-2, con al menos tres años de expedida y haber obtenido el certificado del curso básico de educación vial para transporte público. Y para obtener una licencia tipo C2, el interesado deberá́ contar con una licencia clase B o tipo C-1, al menos con tres años de expedida y haber obtenido el certificado del curso básico de educación vial para transporte público.


Finalmente, se aclara que la conducción de UTV (cuadraciclos techados de carga), triciclos y cuadraciclos de hasta 500 cc con licencia tipo B-1 se permite únicamente en rutas no primarias y no se puede manejar ningún tipo de motocicletas con la licencia B-1.

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