Circula video en donde se muestra a un oficial de Transito, usando una cinta métrica, para medir la estatura de una niña y así determinar que dispositivo debía utilizar la niña para transportarse.
Se desconoce en donde fue dicha accion del oficial.
El artículo 144-A,de la ley de Transito vigente, indica que todo de menor de 12 años de edad o que mida menos de 1.45 m debe usar el dispositivo de retención infantil, deben usar sillas desde los 0 hasta las 6 años, y luego de 6 años a los 12 años deben usar búster
La multa es de 215.000 colones y pierde 4 puntos en su licencia.
Los niños de 0 a 1 año de edad y que pesen hasta 13 kilos deben de usar portabebe.Tambien estos deben de medir hasta 75 cm.
La Silla , la utilizaran los niños entre 1 año a los 4 años, entre 9 kg a 18 kg y medir aproximadamente entre 75 cm a 110 cm.
De 4 a 6 años, los niños deben de utilizar silla con respaldar, y deben de medir entre 110 cm a 145 cm o bien que pesen entre 15 y 25 kilos.
El buster deberan de usarlo los niños, entre los 6 y 12 años de edad. Deben de pesar entre 22 kg a 36 kg, y medir de 110 cm a 145 cm.
Para mi el oficial actuo apegado a ls ley y tutelando en interes superior del niño y su derecho a la vida. La persona que habla en el video se denota una actitud desconocera del derecho prepotente agresora, que haria este individuo si producto de su irresposabilidad muere su hijo o queda mal herida, la ley se hizo para resperarla y no para interpretaciones salidas de contexto. LA LEY SE RESPETA Y PUNTO. FELICITACIONES AL OFICIAL POR HACER BIEN SU TEABAJO.