Licencias vencidas ya acumulan 8.688 boletas en siete meses
La Policía de Tránsito reportó un promedio de 41 multas diarias entre enero y julio de este año contra conductores que circulaban con la licencia vencida o que habían superado el período de vigencia permitido para un permiso temporal de manejo.
Al cierre de julio, la cantidad acumulada llegó a 8.688 boletas, cada una con una sanción económica de ¢26.000, por lo que las autoridades aprovecharon las cifras para aclarar una confusión que todavía se presenta entre algunos conductores.
Desde diciembre de 2024, una modificación a la Ley de Tránsito eliminó la obligación de llevar físicamente la licencia al momento de conducir. Sin embargo, esa disposición no eliminó la obligación de mantener el documento vigente.
La diferencia es fundamental: una persona puede conducir sin portar la tarjeta física, pero eso no significa que pueda circular con una licencia que ya expiró. Los oficiales pueden verificar la vigencia mediante el sistema institucional y también comprobarla directamente en el documento cuando corresponda. Si detectan que está caducada, procede la confección de la multa.
La misma situación aplica cuando un conductor continúa manejando después de que hayan transcurrido tres meses desde el vencimiento del permiso temporal de manejo.
Ante esto, Tránsito recordó a los conductores revisar con anticipación la fecha de vencimiento y gestionar la renovación correspondiente. El procedimiento contempla solicitar una cita en el Banco de Costa Rica, realizar el dictamen médico requerido y completar posteriormente el proceso de renovación.
El trámite no cambia aunque haya pasado mucho tiempo desde la fecha de expiración. Ya sea que el documento lleve un día, una semana o incluso diez años vencido, el procedimiento para renovarlo sigue siendo el mismo.
Existe además un requisito que debe tomarse en cuenta antes de completar la renovación: el conductor tendrá que cancelar todas las multas pendientes que tenga registradas.
Las autoridades insistieron en que la eliminación de la obligación de portar físicamente la licencia y la obligación de mantenerla vigente son dos disposiciones diferentes, por lo que una no sustituye ni modifica la otra.

Noticias Relacionadas
¡Localizado con vida! Rescatan a hombre en Chirripó. – ACR.net
Privado de libertad muere tras emergencia médica. – ACR.net
OIJ pide ayuda para ubicar a hombre. – ACR.net