Las multas superan los ¢9 millones por incumplimientos detectados en rutas del Pacífico Central y Sur
La Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) sancionó a las empresas Transportes Costarricenses Panameños Limitada (TRACOPA) y Transportes Quepos Puntarenas S.A. por realizar cobros de tarifas no autorizadas en rutas de transporte público que operan en el Pacífico Central y Pacífico Sur.
Cada empresa recibió una multa de ¢9.244.000, aunque las resoluciones aún se encuentran dentro del plazo legal para presentar recursos de apelación.
Según supo Accidentes de Costa Rica, las investigaciones comenzaron tras denuncias presentadas por usuarios y por otras empresas concesionarias, lo que motivó a la ARESEP a realizar inspecciones de campo para verificar los hechos.
En el caso de Transportes Quepos Puntarenas S.A., concesionaria de la ruta 695, que comunica Puntarenas, Quebrada Ganado, Jacó, Parrita y Quepos, la autoridad concluyó que la empresa cobró tarifas distintas a las autorizadas y aplicó montos que no habían sido aprobados oficialmente.
Las irregularidades fueron detectadas durante los días 18, 19 y 20 de marzo de 2025, cuando se comprobó el cobro de una tarifa no autorizada en recorridos como Quebrada Ganado–Jacó.
Durante el procedimiento administrativo, la empresa cuestionó la validez de algunos videos y testimonios aportados en la denuncia y aseguró que no existían instrucciones para que sus conductores realizaran ese tipo de cobros. Sin embargo, la ARESEP sostuvo que la responsabilidad por el cumplimiento de las tarifas recae directamente sobre la empresa concesionaria y no puede trasladarse a sus choferes.
En cuanto a TRACOPA, la investigación determinó que la empresa efectuó cobros en trayectos cortos dentro de una ruta autorizada como servicio directo por la Costanera, modalidad que no permite recoger pasajeros para desplazamientos parciales.
Las inspecciones realizadas entre el 17 y el 21 de marzo de 2025 evidenciaron el cobro de pasajes de ¢1.000 en recorridos como Tárcoles–Herradura y Herradura–Jacó, pese a que esas tarifas no estaban autorizadas dentro de la concesión.
Aunque la empresa argumentó que mantiene instrucciones para que sus conductores no realicen paradas en sitios no autorizados, la autoridad reguladora concluyó que existían pruebas suficientes para acreditar las infracciones.
La ARESEP indicó que ambas compañías incurrieron en faltas contempladas en la Ley 7593, relacionadas con el cobro de tarifas distintas a las autorizadas y el incumplimiento de las condiciones establecidas en las resoluciones tarifarias para la prestación del servicio público.

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