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LAS FAMILIAS DE LOS FALLECIDOS POR PRECIPITACION DE BUS EN CAMBRONERO SE QUEDAN SIN SEGURO. – SomosACRnet

¿Se imagina que un familiar suyo se monte en un bus a Guanacaste, sea víctima de un accidente que le cuesta la vida y luego enterarse que no existe ningún seguro que lo cubra
Esta es la situación a la que estarían expuestas ocho de nueve familias que perdieron a un ser querido la tragedia del 17 de septiembre en Cambronero.


De acuerdo a lo que indico El Consejo de Transporte Público (CTP), el autobús de la Empresa Alfaro en que se transportaban las víctimas incumplía los requisitos para prestar el servicio ni contaba con los seguros establecidos por ley.


Así consta en el acta CTP-DT-DAC-OF-1265-2022, de la sesión de la Junta del CTP de 21 de septiembre de 2022.

Esta situación se ha saldado con la muerte de nueve personas y en el caso concreto del vehículo siniestrado, existe el riesgo de que los familiares y herederos de las víctimas mortales y de los heridos del accidente no se encuentren cubiertos por las pólizas de seguro, que, por mandato de ley, deben amparar a las unidades de transporte público para incidentes como el ocurrido el pasado fin de semana”, dicta el oficio del Consejo de Transporte Público (CTP).



DIARIO EXTRA contactó con German Alfaro, gerente de la Empresa Alfaro, quien indicó que el autobús actualmente cuenta con seguros, con cobertura “A y C”.


Adicionalmente dijo que el Instituto Nacional de Seguros (INS) está aplicando el Seguro Obligatorio Automotor (SOA).


“El asunto es que el bus no tiene responsabilidad por tratarse de un accidente por causa mayor. En el INS lo catalogan a uno como una víctima más”, explicó a El Periódico de Más Venta en Costa Rica.

SE PUDO EVITAR

A pesar de la tragedia, el CTP habría evitado sancionar a la autobusera. La idea era quitarle la ruta a Empresa Alfaro, pero con 4 votos en contra y 2 a favor se decidió abrir una investigación.
Según el oficio, si bien ocho de las nueve muertes no se deben a un desperfecto en la unidad de transporte, este evitaría que los familiares y demás afectados puedan contar con un seguro para la atención de los daños.


Erick Ulate, representante de las personas usuarias ante la junta directiva del CTP, aseguró que no se puede sancionar a la Empresa Alfaro porque existen otras que igual incumplen los requisitos y no han sido sancionadas.


“Adoptar la medida limitada únicamente a la Empresa Alfaro, tal como está planteada la solicitud de acuerdo formulada por don José Miguel, podría ser discriminatoria, se podría más bien caer en Sala Constitucional (…)


Por esa razón, siendo que hay empresas que tienen los mismos problemas, debe de aplicárseles la medida cautelar a todas ellas”, explicó Ulate para votar en contra de suspender a Empresa Alfaro.


No obstante, las otras autobuseras que deberían estar en regla no resultaron involucradas en la tragedia y al estar “fuera del rango de vida útil” terminaría por dejar a las víctimas de Cambronero sin ningún tipo de atención.


Incluso a inicios de semana se conoció el caso de Jovita Zúñiga, quien después de ser atendida en el Hospital del Trauma del INS debió ser referida a la Caja Costarricense de Seguro Social, pues la única cobertura que tenía era la del SOA, la que se paga con el marchamo del bus
Según la Ley 3503, para prestar el servicio de buses, además del SOA, se debe contar con una póliza “que cubra su responsabilidad pecuniaria por lesión o muerte de terceros”, lo cual no es el caso de la Empresa Alfaro.

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